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Catastro

El catastro, es un registro administrativo que depende del Ministerio de Hacienda. Ante el que es obligatorio declarar, en el caso de que se encuentre en alguno de los de los siguientes supuestos:
- Ha adquirido la propiedad de un inmueble, por compra, herencia…
- Ha consolidado la propiedad de un inmueble, con la extinción del usufructo, por ejemplo.
- Ha constituido, modificado o adquirido un derecho real, como puede ser un usufructo, una concesión administrativa.
También si ha dejado de ser titular catastral de un inmueble, está obligado a presentar la baja de dicha titularidad. Todas estas obligaciones vienen dadas porque el Catastro es el soporte de múltiples aplicaciones fiscales y económicas, siendo la base de determinados impuestos, en especial del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Además de aportar con sus registros, información territorial disponible para todos los ciudadanos a través de la incorporación de la información gráfica y alfanumérica que identifican catastralmente las fincas de un determinado territorio.
En ocasiones los datos que figuran en el Registro Catastral es necesario modificarlo y para ello será necesario hacer alegaciones, solicitar la subsanación de discrepancias, o alterar dichos datos con caracter retroactivo, y es aquí donde nosotros intervendremos consiguiendo que lo reflejado en dicho registro sea objetivamente constatable con la realidad física existente.
Todo esto es importante puesto que el valor catastral atribuido a un inmueble servirá para el cálculo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, las Plusvalías, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, entre otros, y si el valor catastral no es el correcto podría darse el caso de pagar impuestos indebidos.


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