Derecho Penal y Penitenciario
El Derecho Penal es la rama del derecho que establece y regula las conductas lesivas, delitos, a través de la imposición de penas; así se pretende proteger la paz social, prohibiendo comportamientos que atentan o ponen en peligro los diferentes bienes jurídicos contemplados en nuestro ordenamiento jurídico, como son la vida, la integridad física y la propiedad, entre otros.
En Cueto Abogados contamos con un equipo de abogados expertos en Derecho Penal, que ofrecen servicios de alta calidad y profesionalidad.
Ofertamos los siguientes servicios penales:
Abogado Defensor: Le defendemos si le acusan de haber cometido un delito.
Acusación Particular: Defendemos sus intereses cuando es víctima de un delito.
Querellas Criminales: Nos encargamos de redactar las querellas y denuncias en vía penal para ejercer la acusación de un delito.
Todos los servicios antes mencionados serán aplicables a:
• Delitos contra la vida
• Delitos sexuales
• Delitos de tráfico de drogas
• Delitos contra la seguridad vial
• Violencia de género
• Delitos laborales
• Delitos imprudentes
• Delitos contra la intimidad y el honor
• Delitos contra el patrimonio
• Delitos contra la libertad y otros delitos cometidos por funcionarios
• Delitos de corrupción
• Delitos contra el orden público
• Delitos contra la administración de justicia
• Delitos contra la administración pública
• Delitos contra las relaciones familiares
• Delitos económicos
• Delitos de maltrato animal
• Delitos de pertenencia a asociaciones ilícitas y organizaciones criminales
• Otros delitos
En cuanto al campo propio del Derecho Penitenciario, nos ocupamos:
• Revisión de la calificación de los grados penitenciaros, en España existen tres grados de internamiento según el tipo de delito que haya cometido y su peligrosidad, los cuales llevan aparejada una serie de medidas, como el régimen de visita, o su situación dentro de la propia prisión. El tercer grado es aquel en el que el preso podrá llevar un régimen de semilibertad.
• Permisos ordinarios y extraordinarios, que permiten salir de la prisión.
• Límites máximos de cumplimiento de las penas que le han sido impuestas, así como la acumulación y refundición de condenas que le permita acortar su tiempo efectivo de cumplimiento.
• Salidas de fin de semana y salidas programadas.
• Régimen de Visitas, permite a los internos comunicarse periódicamente con familiares y amigos, así como comunicarse con ellos mediante cartas escritas y llamadas telefónicas.
• Régimen de Ficheros de Internos de Especial Seguimiento (FIES): son medidas utilizadas por la Administración penitenciaria para tener un mayor control y vigilancia, atendiendo al tipo de delito que cometió o a su trayectoria penitenciaria.
La confianza depositada en nuestro despacho por clientes satisfechos ha sido a lo largo de los años la razón de continuar con la defensa de sus intereses, porque los presos o penados internados en las diferentes prisiones del territorio español tienen, entre otros, los siguientes derechos:
• A que la Administración Penitenciaria vele por su vida, su integridad y su salud.
• A que se preserve su intimidad y su dignidad.
• Derecho a ser llamado por su propio nombre y a que su situación sea reservada frente a terceros, así como a recibir el tratamiento penitenciario adecuado.
• Ejercer sus derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, si no son incompatibles con la causa que ha motivado su estancia en prisión.
• Disfrutar de las ayudas públicas que pudieran corresponderle.
• A relacionarse con el exterior en las condiciones establecidas.
• A participar en las actividades del Centro.
Entre otros, y por los que nuestro despacho velará en todo momento.